En Colombia, el divorcio podrá formalizarse con la sola decisión de uno de los cónyuges, gracias al reciente proyecto de ley aprobado este martes en el último debate de la plenaria de la Cámara de Representantes, con 89 votos a favor. Ahora, el proyecto espera la sanción presidencial para entrar en vigor.
Actualmente, el artículo 154 del Código Civil establece que las causas de divorcio incluyen: relaciones sexuales extramatrimoniales, incumplimiento de deberes conyugales, ultrajes y maltrato grave; alcoholismo, drogadicción, y enfermedades o anomalías graves e incurables.
También figuran como causas de divorcio en Colombia "toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro", así como la separación de hecho por al menos dos años y el acuerdo mutuo entre las partes ante un juez, según explica el equipo de la representante Katherine Miranda, quien impulsó la propuesta.
"Todos hemos escuchado esa frase de: 'no me quiere dar el divorcio'. Tienen que pasar dos años, demostrar no convivencia. La legislación colombiana es engorrosa y tiene muchísimas trabas para acceder al divorcio", afirmó la congresista en diálogo con Noticias Caracol.
Con la aprobación de este proyecto, se añadirá una décima causal al artículo: “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”. Esto significa que no será necesario argumentar culpa o situaciones específicas para solicitar el divorcio, ni será imprescindible que ambas partes estén de acuerdo.
"Permitir el divorcio unilateral evita largos procesos judiciales basados en pruebas y acusaciones, lo que puede profundizar los conflictos entre las partes y afectar emocionalmente a las familias, especialmente a los hijos", señala el documento del proyecto.
Además de esta nueva causal, la iniciativa incluye:
Indemnizaciones económicas y simbólicas para cónyuges que hayan sido víctimas de violencia intrafamiliar.
La obligación de presentar una propuesta que contemple alimentos, liquidación de bienes y custodia de los hijos al solicitar el divorcio.
Aplicación de las disposiciones a las uniones maritales de hecho.
Miranda destacó que el objetivo principal es eliminar los conflictos en torno a las causas del divorcio y priorizar aspectos esenciales como la igualdad de derechos de los hijos menores de edad o con alguna discapacidad, las obligaciones alimentarias entre cónyuges y con los hijos, y la disolución del patrimonio común.
La representante recordó que medidas similares ya se aplican en países como Argentina, México y España, donde se promueve la libertad individual y se ha logrado "reducir el conflicto en los hogares, no solamente para los padres sino para los hijos".
Asimismo, enfatizó que esta reforma es especialmente beneficiosa para las mujeres, quienes "en muchos casos han enfrentado procesos de divorcio extremadamente costosos, y en algunos casos, les ha costado incluso la vida".