El Tribunal Administrativo de Santander declaró la nulidad de la elección de Giovanni Leal como diputado del departamento, al determinar que se encontraba inhabilitado debido a que su hermana, Luz Dana Leal, ejercía un cargo de autoridad en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) durante el periodo electoral.
Según el fallo, Leal incurrió en una causal de inhabilidad al postularse como candidato mientras su hermana ocupaba un puesto de autoridad administrativa en el SENA, lo cual contraviene las normas electorales que buscan evitar posibles conflictos de interés y garantizar la transparencia en los procesos electorales.
Este caso guarda similitud con el de Arley Octavio Valero Sáenz, cuya elección como diputado de Santander también fue anulada recientemente por el Consejo de Estado. En el caso de Valero, la inhabilidad se basó en que su hermano, Ludwing Joel Valero Sáenz, ocupaba un cargo de autoridad administrativa en la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) durante el periodo electoral.
Estos fallos resaltan la importancia de cumplir con las disposiciones legales que buscan prevenir la influencia indebida de familiares en cargos públicos y asegurar la integridad de los procesos electorales en Colombia.