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Caso Epa Colombia: Juzgado remite a disciplina judicial actuación de abogada defensora

Caso Epa Colombia: Juzgado remite a disciplina judicial actuación de abogada defensora

Colombia sábado 02 de agosto de 2025 - 10:24

Daneidy Barrera Rojas, conocida públicamente como Epa Colombia, continúa cumpliendo su condena en la cárcel El Buen Pastor, donde participa en actividades laborales y académicas con el fin de acceder a beneficios de redención de pena. No obstante, en los últimos días se conoció una decisión inesperada por parte del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá relacionada con su proceso.

Durante los siete meses que lleva privada de la libertad, el juzgado ha recibido múltiples solicitudes para que se le concedan beneficios judiciales bajo argumentos como su condición de madre cabeza de familia o por su labor social a través de sus negocios, en los que ofrece oportunidades laborales a poblaciones vulnerables. Sin embargo, dichas solicitudes han sido sistemáticamente rechazadas, tanto por el juzgado como por la Corte Suprema de Justicia, debido a la gravedad del delito por el que fue condenada: instigación a delinquir con fines terroristas, entre otros cargos.

Entre los solicitantes se encuentran trabajadores, familiares y ciudadanos que han expresado su inconformidad con la condena, calificándola como desproporcionada. En varias ocasiones ha figurado el nombre de la abogada Mónica Barros Villanueva, quien el pasado 21 de mayo presentó una solicitud para trasladar a Barrera a una guarnición militar, petición que fue descartada por el juzgado por carecer de fundamento.

La misma abogada había solicitado anteriormente autorización para que la creadora de contenido realizara labores sociales, pero no anexó documentación ni pruebas que sustentaran su requerimiento.

Frente a estas actuaciones, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas decidió remitir copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial con el objetivo de que se indague el proceder de la profesional del derecho. La solicitud, firmada el 22 de julio, ya fue oficialmente recibida por la entidad competente, que deberá valorar si existen elementos suficientes para abrir un proceso disciplinario.

Cabe recordar que en enero pasado la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra Barrera Rojas, establecida en cinco años y tres meses de prisión, al hallarla responsable de los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación del servicio de transporte público y la mencionada instigación a delinquir con fines terroristas.

Según el alto tribunal, durante las protestas de noviembre de 2019, la entonces influenciadora publicó un video en el que incitaba públicamente a destruir estaciones de TransMilenio y otros bienes del Estado. “Se observa claro, entonces, la difusión por redes de comunicación masiva de mensajes incitadores a la violencia y la destrucción del sistema de transporte público”, indica un apartado de la sentencia.

Asimismo, la Corte precisó que la conducta de la condenada sobrepasó el derecho a la protesta, ya que “la instigación no solo fue a vandalizar a cambio de nada, porque sí, ni como un propósito que se agotara en sí mismo. En lugar de ello, trascendió hasta los fines terroristas, porque incluyó que en los destinatarios pudiesen generar zozobra, intranquilidad, inquietud, aflicción, angustia, desazón, incertidumbre o desasosiego; y también aterrorizar, generar miedo, pánico, temor, pavor o susto”.

El proceso judicial continúa generando reacciones en la opinión pública y nuevos desarrollos desde el ámbito disciplinario.

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JA/CR

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