El 8 de mayo de 2025, el Consejo de Estado declaró la nulidad de las elecciones de los senadores John Jairo Roldán Avendaño y Josué Alirio Barrera Rodríguez como vicepresidentes del Senado para el periodo legislativo 2024-2025.
La elección de Roldán, integrante del Partido Liberal, fue anulada por violar el artículo 112 de la Constitución Política, que establece que la primera vicepresidencia debe ser ocupada por un partido político minoritario. El Partido Liberal, con 13 curules, no cumple con este criterio, ya que es la tercera fuerza política en el Senado. Según el fallo, "la primera vicepresidencia está reservada para partidos minoritarios" y "los acuerdos políticos internos no tienen la entidad para desconocer el artículo 112 constitucional y el Reglamento del Congreso".
Respecto a la segunda vicepresidencia, ocupada por Barrera del Centro Democrático, se determinó que su elección contravino la Ley 1909 de 2018, que establece la alternancia de género en las mesas directivas del Congreso. La norma dispone que la representación de la oposición en estas instancias debe alternarse entre hombres y mujeres en períodos sucesivos, y la designación de Barrera no respetó esta disposición.
Como resultado, la mesa directiva del Senado para el periodo 2024-2025 deberá ser nuevamente conformada, en estricto cumplimiento de los lineamientos constitucionales y legales vigentes.