El Ministerio de Educación Nacional, en ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia, emitió la Resolución 016105 del 29 de julio de 2025, mediante la cual se ordenan medidas preventivas y de vigilancia especial para la Universidad de Antioquia, como respuesta a la crisis financiera que atraviesa esta institución de educación superior.
Esta medida se fundamenta en el cumplimiento del artículo 67 de la Constitución Política, que asigna al Estado colombiano la responsabilidad de ejercer y reglamentar la suprema inspección y vigilancia de la educación, así como en las disposiciones de la Ley 1740 de 2014.
¿Cuáles son las medidas adoptadas?
Tras el análisis técnico realizado por el Ministerio, se evidenciaron graves riesgos asociados a la liquidez, limitaciones en el control del gasto, disminución en la capacidad operativa y deficiencias en la gestión, situaciones que representan una amenaza para la garantía del derecho a la educación superior y la continuidad de las actividades académicas.
Por esa razón, se tomaron las siguientes medidas:
Vigilancia especial de la Universidad de Antioquia por evidencias de afectación grave de las condiciones de calidad del servicio de educación, específicamente relacionadas con el manejo inadecuado de recursos que compromete la viabilidad financiera institucional.
Plan de mejoramiento obligatorio que deberá ser elaborado, implementado y ejecutado por la Universidad ante el Ministerio de Educación Nacional. Este plan estará encaminado a superar en el menor tiempo posible las situaciones de irregularidad y anormalidad que afectan la prestación del servicio educativo.
La elaboración se realizará con acompañamiento de la Subdirección de Apoyo a la Gestión de las Instituciones de Educación Superior del Ministerio.
Condiciones específicas de cumplimiento que la Universidad deberá atender para corregir y superar irregularidades de tipo administrativo, financiero y de calidad que puedan afectar el servicio. Estas condiciones serán impartidas por el Ministerio a través de comunicaciones oficiales de la Subdirección de Inspección y Vigilancia.
Además, el Ministerio implementará vigilancia especial conforme al artículo 13 de la Ley 1740 de 2014, que incluye:
Designación de Inspector in situ que ejercerá vigilancia permanente mientras subsista la situación que originó la medida. Este inspector monitoreará la gestión administrativa y financiera de la entidad; los aspectos que estén afectando las condiciones de continuidad y calidad; y el cumplimiento de las medidas adoptadas.
Suspensión temporal preventiva de la vigencia del registro calificado otorgado a programas académicos o el trámite de solicitudes de nuevos registros o renovaciones, cuando sea necesario.
Intervención en el manejo de recursos cuando se evidencie que afecta gravemente la viabilidad financiera o la prestación del servicio en condiciones de calidad, ordenando que los recursos y rentas sean conservados, invertidos, aplicados o arbitrados exclusivamente en el cumplimiento de la misión institucional.
Inversión del Gobierno a la Universidad de Antioquia
El Ministerio de Educación Nacional destaca que la adopción de estas medidas preventivas se da en el marco de una inversión sin precedentes del Gobierno Nacional en la Universidad de Antioquia y el sistema de educación superior pública del país.
Las transferencias para funcionamiento de la Universidad de Antioquia han mostrado un crecimiento sostenido y significativo pasando de $540 mil millones en 2022 a $631 mil millones en 2024 y proyectándose en $676 mil millones para 2025.