Los trabajadores tienen derecho a participar de las jornadas de movilización convocadas para los días 28 y 29 de mayo sin restricciones, sanciones, descuentos salariales ni ningún tipo de represalia por parte de los empleadores, sean públicos o privados, manifestó el Ministerio de Trabajo al reiterar su compromiso como garante de los derechos fundamentales y el diálogo social.
En circular dirigida a entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, empleadores del sector privado, trabajadores y ciudadanía en general, la cartera ministerial advierte que así lo establecen la Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo y los compromisos internacionales firmados por Colombia en estos asuntos y que hacen parte del bloque de constitucionalidad.
Anunció que “en ejercicio de sus facultades de vigilancia y control, podrá iniciar las investigaciones administrativas correspondientes" ante la eventual vulneración de los derechos de los trabajadores.
Instó, además, a quienes se consideren afectados “presentar sus quejas, incluso de forma anónima, por los canales institucionales dispuestos para tal fin, con el objeto de activar los mecanismos de protección, verificación e intervención previstos en la normativa vigente".
El Ministerio expresó “la necesidad de ponderar las normas legales aplicables al ejercicio de la actividad empresarial con las garantías constitucionales y supralegales que protegen a las personas trabajadoras", conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Sentencia C-009 de 2018 de la Corte Constitucional.
De manera particular destacó tener en cuenta que las normas descritas establecen “los derechos a la libertad de expresión, reunión y manifestación pública y pacífica como principios fundamentales para la materialización de una democracia participativa y pluralista, propios del Estado social y de derecho" deben fundamentarse en el principio de la dignidad humana y reconocer “la autodeterminación de las personas trabajadoras para expresar sus opiniones y demandas".
Ese derecho, agregan los voceros del Ministerio, no puede comprometer “sus condiciones vitales mínimas ni genera condiciones adversas en el entorno laboral".