La reciente reforma laboral aprobada en el país introduce cambios importantes que afectan no solo las franjas horarias y los porcentajes salariales, sino también la forma en que se pagarán los intereses sobre las cesantías a miles de empleados.
Hasta este año, el pago de intereses sobre cesantías equivalía al 12 % anual del salario del trabajador, calculado con corte al 31 de diciembre, y se realizaba durante el primer mes del año siguiente. Esta modalidad permitía a los empleados contar con un ingreso extra al inicio del año, momento en el que suelen aplicarse aumentos en diferentes sectores.
Sin embargo, con la nueva legislación, el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo establece que empresas y trabajadores podrán acordar por escrito la mensualización del pago de estos intereses. En este nuevo esquema, el empleador pagaría mensualmente el 1 % del salario base de liquidación, que incluye el salario mensual y, cuando aplique, el auxilio de transporte.
“El objetivo principal de esta norma opcional es evitar que quienes no completan un año laboral pierdan el derecho a recibir la totalidad de los intereses de sus cesantías”, explicó la abogada Saida Quintero. Además, la medida busca reducir trámites y fomentar la formalización laboral, permitiendo que el pago del 8,33 % anual sobre el salario base se haga mes a mes.
Con este sistema, el pago proporcional de intereses se realiza al momento de la liquidación del contrato, asegurando que cada trabajador reciba lo que le corresponde sin importar la duración de su vínculo laboral. No obstante, algunos sectores empresariales han manifestado su preocupación, ya que el pago mensual o semestral de intereses podría representar una carga financiera adicional, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes), que podrían enfrentar dificultades en su flujo de caja.
La abogada Quintero aclaró que “este régimen no modifica las reglas relacionadas con el retiro anticipado de las cesantías por parte del trabajador”.
Finalmente, se advierte que las empresas que no cumplan con estas nuevas disposiciones podrán ser sancionadas por el Ministerio de Trabajo. Los empleados también tienen la posibilidad de reclamar el pago de intereses con las sumas moratorias correspondientes si este no se realiza en los tiempos establecidos por la ley.