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Corte Constitucional anula cobro de valorización en obras públicas y genera debate social

Corte Constitucional anula cobro de valorización en obras públicas y genera debate social

Colombia miércoles 09 de julio de 2025 - 19:53

La Corte Constitucional de Colombia declaró inexequible el artículo 280 del Plan Nacional de Desarrollo 'Colombia, Potencia Mundial de la Vida' (Ley 2294 de 2023), que modificaba la temporalidad de la contribución nacional de valorización. Esta decisión eliminó el mecanismo que permitía financiar obras públicas mediante el cobro del plusvalor generado en los predios beneficiados.

A través de su cuenta oficial en X, el presidente Gustavo Petro afirmó: “se tumba una medida tributaria de justicia social de carácter universal". Según el mandatario, la decisión afecta el principio de equidad social, ya que “si el dinero público se dedica a valorizar las propiedades de los sectores más ricos de la población y no se puede cobrar ese plusvalor, creado exclusivamente por la obra pública, el dinero público se convierte en herramienta para aumentar la desigualdad social".

Petro subrayó que el artículo anulado funcionaba como instrumento de desarrollo en grandes ciudades como Bogotá y que, a nivel nacional, permitiría cofinanciar carreteras o ferrocarriles mediante la valorización. Señaló que por “justicia social” deberían contribuir los latifundistas y propietarios de grandes condominios de lujo, como los presentes en Barranquilla.

El presidente agregó que la norma anulada facilitaba cobrar la valorización a quienes, por lujo, han ocupado humedales o gentrificado áreas urbanas. Como ejemplo mencionó la doble calzada entre Cartagena y Barranquilla, que incrementó el valor de los predios ubicados frente al mar.

Finalmente, Petro afirmó que “la falta de espíritu democrático lleva a que se vea el Estado como un sirviente de los sectores más ricos del país, y no se piense en las necesidades de obras, en los sectores más pobres y excluidos del país. Así solo aumenta la violencia".

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JA/CR

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