En los próximos días, tres representantes a la Cámara realizarán inspecciones en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Fiscalía como parte de la investigación relacionada con el presidente Gustavo Petro. El objetivo de estas inspecciones es conocer las pruebas que ambas entidades han reunido en el marco de los casos que involucran al mandatario y a Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol.
Los representantes encargados de este proceso son Alirio Uribe (Pacto Histórico), Gloria Arizabaleta (Pacto Histórico) y Wilmer Carrillo (La U). Cabe mencionar que Uribe ha sido recusado en varias ocasiones debido a su vinculación con la campaña presidencial de 2022, aunque ninguno de los recursos presentados ha prosperado.
La agenda de inspecciones comenzará este lunes con una visita a la Fiscalía Primera. El martes, será el turno de la inspección en el CNE, entidad que investiga al presidente Petro por presuntas irregularidades en los límites de financiación de su campaña de 2022. El jueves se llevará a cabo la inspección en la Fiscalía Tercera, mientras que el miércoles y jueves también se realizarán las diligencias testimoniales pendientes.
El objetivo principal de la inspección en el CNE es conocer las pruebas que este organismo ha recolectado en el proceso, pruebas que la Comisión de Acusación e Investigación no tiene a su disposición. En cuanto a la investigación en el Consejo Electoral, los magistrados Benjamín Ortiz (Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático) ya presentaron un escrito rechazando las solicitudes de nulidad planteadas por los equipos jurídicos del presidente Petro y de Ricardo Roa.
Por su parte, en relación a los procedimientos en la Fiscalía, los tres representantes decidieron realizar estas inspecciones para conocer los avances en los casos contra Roa, con el fin de determinar su posible responsabilidad penal. Aunque la Comisión de Acusación e Investigación no tiene competencia para investigar a Roa, ya que su única facultad en este caso es investigar a Petro, busca evaluar posibles responsabilidades que puedan influir en la toma de decisiones respecto al presidente.
Según la Ley 600 de 2000, específicamente los artículos 233 y 420, la Comisión tiene plena autoridad para adelantar estas inspecciones cuando se encuentren elementos de prueba en el marco de otros procesos.