Las negociaciones sobre el incremento del salario mínimo para 2025 avanzan, pero con posiciones divergentes entre empresarios, trabajadores y el Gobierno. De acuerdo con expertos, el aumento debería reflejar la realidad económica actual, lo que limitaría el ajuste a un máximo del 7%.
En las próximas semanas se definirá el incremento, con el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, estimando que podría ser del 6,2%. Esta propuesta está lejos de la aspiración de los representantes de los trabajadores, quienes anunciarán su posición oficial el 11 de diciembre.
"Seguimos insistiendo en que el aumento debe ser de dos dígitos, aunque aún no hemos definido un porcentaje exacto", afirmó Fabio Arias, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). Según Arias, un aumento significativo impulsaría el consumo y el empleo al elevar el poder adquisitivo de los trabajadores.
Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, sostiene que el ajuste debe ser prudente para evitar impactos negativos en el empleo formal. “Con base en la inflación esperada y el leve aumento de la productividad, el incremento debería situarse en torno al 6%. Esto garantizaría que el salario no pierda poder adquisitivo y que no se comprometa la generación de empleo formal”, señaló.
Por otro lado, Camilo Guzmán, director de LIBERTANK, criticó la política del salario mínimo al considerar que fomenta la informalidad y dificulta el acceso al empleo formal, especialmente en regiones con menores niveles de productividad. Guzmán propuso implementar un salario mínimo diferenciado por regiones, adaptado a las condiciones económicas locales.
La Federación Colombiana de Gestión Humana (ACRIP) también sugirió limitar el incremento a un máximo del 7%, advirtiendo que un aumento mayor podría impactar negativamente las finanzas empresariales.
Criterios para fijar el salario mínimo
La Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales utiliza parámetros económicos y jurisprudenciales para negociar el salario mínimo. Entre los factores económicos se incluyen:
• La inflación acumulada y su proyección para el próximo año.
• El crecimiento del PIB y su estimación futura.
• El aporte de la productividad al crecimiento económico.
• La contribución de los salarios al ingreso nacional.
En cuanto a los parámetros jurisprudenciales, se consideran:
• La protección constitucional del trabajo.
• La necesidad de garantizar una remuneración vital y móvil.
• La función social de las empresas.
• Los objetivos económicos constitucionales.
Calendario de negociaciones
La Comisión tiene hasta el 15 de diciembre para que empresarios y trabajadores presenten sus propuestas y lleguen a un acuerdo. Si no se alcanza un consenso, ambas partes deben justificar su posición, y las negociaciones podrán extenderse hasta el 30 de diciembre, fecha límite para definir el aumento de manera concertada o, en su defecto, mediante decreto gubernamental.
Este proceso, clave para millones de trabajadores colombianos, genera expectativas en medio de una coyuntura económica desafiante que exige un balance entre equidad y sostenibilidad financiera.